sábado, 23 de marzo de 2013

FUSION, TRANSFORMACION ESCISION Y EXTINCION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES

  • Fusión: Es cuando dos empresas o mas se unen y hay 2 tipos. Una es cuando una empresa absorbe a la otra, todo el patrimonio o capital debe pasar a la otra empresa. La otra fusión es cuando una o mas se extinguen para formar otra. Las dos operaciones deben estar restringidas ante Notario Público. Su figura contraria es la escisión   
  • Escisión: Aquí se divide una sociedad mercantil. Un ejemplo es cuando se pelean los socios y deciden separarse. La escindente es aquella sociedad que decide extinguirse, se divide la totalidad o parte de su activo, pasivo y capital social en 2 o mas partes. La escindida, es aquella sociedad a la que la escindente aporta en bloque parte de su activo.

  • Transformación: Mudar el tipo de organización social adoptado, la transformación no amplia la extensión de la sociedad y la creación de una nueva, sino simplemente el cambio de su tipo social.



  • Extinción: Durante la extinción de una sociedad mercantil ésta debe conservar su personalidad jurídica. La disolución no produce la extinción de las relaciones sociales ni la del ente jurídico. Así, el artículo 244 de la Ley General de Sociedades Mercantiles dispone que las sociedades, aún después de disueltas, conservarán su personalidad jurídica para los efectos de la liquidación. 


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